domingo, 28 de julio de 2013

Propuesta de acuerdo para las condiciones de las clases particulares para el curso 2013 - 2014

Pego aquí debajo una copia de un escrito dirigido a mis alumnos particulares:

Queridos alumnos de clases particulares,

Al parecer, el inicio del nuevo curso en septiembre va a traer un aumento en la carga de trabajo semanal en las academias y en las escuelas municipales de música en las que vengo trabajando.

A esto se añade que se me ha presentado la oportunidad de completar mi horario por las mañanas (de 9h á 16h) y es posible que todo ello afecte a vuestro horario de clases conmigo de alguna forma.

Espero poder contar con un hueco concreto para cada uno a lo largo de la semana, pero, ya que cada en muchos casos (cada vez en más casos) nuestras clases van a producirse en un momento de la semana que tendría que empezar a considerar tiempo de descanso, me gustaría que llegásemos a un acuerdo previo sobre las condiciones de estas clases particulares.

Este escrito puede servirnos para explicar algunos de los aspectos de ese compromiso previo, aunque con la mayoría de vosotros ya esté funcionando, por acuerdo tácito o expreso, en las condiciones que estoy a punto de describir.

De todos modos, si tras su lectura creéis que hay algún punto que es necesario revisar o discutir, estaré encantado de tratar el asunto personalmente con cada uno de vosotros, y llegar a una solución más justa que podamos incluir entre los puntos del siguiente texto:

Punto 1º.- Duración y frecuencia de las clases. Faltas y recuperaciones.

La duración mínima de cada clase será de 1 hora semanal, pudiendo producirse el caso excepcional de que dos personas acudan a recibir semanalmente dos medias clases consecutivas (de media hora de duración), que equivaldrían a todos los efectos a una sola clase de 1 hora semanal.

Los alumnos con 1 hora de clase semanal pagarán al cabo de cada mes el importe correspondiente a 4 semanas de clases particulares a cambio de recibir tantas clases como correspondan durante cada mes, según el día que hayamos acordado para sus clases.

Los alumnos que de forma excepcional hayan estado recibiendo clases una vez cada dos semanas pagarán también una mensualidad correspondiente a 4 semanas de clase, pudiendo recibir (previo aviso al profesor) clase el día que mejor le convenga dentro del mes, siempre que este día no coincida con un día considerado no lectivo (ver Punto 2º). Obviamente, también puede optar por acudir a clase todos los días lectivos del mes, como si su clase fuese de 1 hora semanal, o por repartir sus horas semanales o sus días mensuales de clase con otro alumno, siempre con aviso al profesor con una antelación mínima de 2 semanas.

Este tipo de alumnado también tiene la opción de pagar una mensualidad correspondiente al importe de 3 clases particulares al mes y continuar de este modo dando clases con una frecuencia de dos semanas, respetando los días festivos (ver punto 2º) y sin poder elegir libremente qué días del mes se van a producir esas clases (el momento de las clases vendrá determinado por la sucesión de semanas y de días lectivos).

Si el profesor, por causa mayor, no pudiera impartir clase uno de estos días acordados, está obligado a recuperar esa falta en el momento que mejor convenga a ambas partes, pero, por el contrario, si fuese el alumno el que se viera forzado, por cualquier motivo, a renunciar a su hora de clase semanal, en ese caso, la clase no sería recuperada ni descontada del importe mensual pagado por el alumno.

Tampoco se recuperarán las clases que caigan en un día considerado no lectivo (ver Punto 2º)

En explicación de todo lo anterior: un alumno pagara 4 clases cada mes, pero habrá meses que tengan 5 días de clase (porque hay meses que tienen cinco lunes, o cinco martes, o cinco miércoles), en cuyo caso recibirá las cinco clases correspondientes al mes completo que había pagado. También en caso de que algún mes uno de los 4 días de clase caiga en día festivo, se respetará ese día no lectivo, sin que se contemple la reducción del pago mensual por las clases, ni la recuperación de la clase que cayó en día no lectivo por parte del profesor.

Punto 2º.- Calendario de clases y días no lectivos.

Vamos a considerar que el curso 2013 – 2014 empieza el día 9 de septiembre y termina el día 20 de junio, siendo ambos días lectivos. Es, como mínimo, dentro de este periodo en el que deberían estar aplicándose los distintos puntos de este acuerdo. Y que se apliquen dentro de ese periodo es lo que quiero acordar con vosotros.

Durante el presente curso 2013 – 2014 el calendario de nuestras clases particulares volverá a tomar como referencia el número y distribución de días lectivos reflejados en el Calendario Escolar de la Comunidad de Madrid.

Por ello, en principio, los días que se reflejan como festivos o no lectivos en dicho calendario serán festivos o no lectivos en relación con nuestras clases particulares. Os pego una imagen del calendario escolar aquí debajo:


Sin embargo, debido a que ciertos meses (sobre todo diciembre y abril, véase tabla 1) contarán con varios lunes y viernes no lectivos, he decidido compensar esa falta de clases de la misma forma que suelen hacerlo las academias y escuelas de música: se imparte clase en día festivo o en día no lectivo para asegurar un mínimo de tres clases al mes. Así que también daremos clases particulares ciertos días que serían festivos:

  • Lunes 21 de abril de 2014: es lectivo en relación con nuestras clases particulares, aunque es no lectivo para colegios, institutos y escuelas de música por ser parte de las vacaciones de Semana Santa.
  • Viernes 6 de diciembre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares, aunque es no lectivo para colegios, institutos y escuelas de música por ser fiesta nacional
  • Viernes 31 de enero de 2014: es lectivo en relación con nuestras clases particulares, aunque es no lectivo para colegios, institutos y escuelas de música según el calendario escolar
  • Viernes 11 de abril de 2014: es lectivo en relación con nuestras clases particulares, aunque es no lectivo para colegios, institutos y escuelas de música por ser parte de las vacaciones de Semana Santa. 


Un poco más abajo, hacia el final de este apartado, podéis ver una imagen de cómo quedaría el calendario de nuestras clases después de incluir esas cuatro modificaciones que tratan de compensar (véase la tabla 2) la distribución desigual de días lectivos en el calendario escolar.


En el caso de las clases particulares que se impartan en sábado o en domingo, días ambos que son considerados no lectivos por el calendario escolar de la Comunidad de Madrid, los siguientes días deberían ser considerados festivos en función de su situación dentro de periodos de días de diario que son consideraros festivos o no lectivos por el citado calendario. Estos días serían los siguientes:

  • Sábado 12 de octubre de 2013: sería festivo por ser fiesta nacional.
  • Sábado 2 de noviembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el puente del 1 de noviembre de 2013, que es fiesta nacional.
  • Sábado 7 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el puente del 6 de diciembre de 2013, que es fiesta nacional.
  • Sábado 21 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Sábado 28 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Sábado 4 de enero de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Sábado 12 de abril de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.
  • Sábado 19 de abril de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.
  • Sábado 3 de mayo de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.
  • Domingo 13 de octubre de 2013: sería festivo por estar incluido el puente del 12 de octubre, que es fiesta nacional.
  • Domingo 3 de noviembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el puente del 1 de noviembre de 2013, que es fiesta nacional.
  • Domingo 8 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el puente del 6 de diciembre de 2013, que es fiesta nacional.
  • Domingo 22 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Domingo 29 de diciembre de 2013: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Domingo 5 de enero de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Navidad.
  • Domingo 13 de abril de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.
  • Domingo 20 de abril de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.
  • Domingo 4 de mayo de 2014: sería festivo por estar incluido en el periodo de vacaciones escolares de Semana Santa.

Pero, una vez más, como ciertos meses contarían con varios sábados y domingos que hemos considerado festivos, he decidido compensar esa falta de clases con los siguientes sábados y domingos que sí daríamos clases particulares:


  • Sábado 12 de octubre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Sábado 7 de diciembre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Sábado 21 de diciembre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Sábado 12 de abril de 2014: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Sábado 22 de junio de 2014: a pesar de que el curso escolar termina el día 20, es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 13 de octubre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 8 de diciembre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 22 de diciembre de 2013: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 13 de abril de 2014: es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 22 de junio de 2014: a pesar de que el curso escolar termina el día 20, es lectivo en relación con nuestras clases particulares.
  • Domingo 29 de junio de 2014: a pesar de que el curso escolar  termina el día 20, es lectivo en relación con nuestras clases particulares.

El calendario definitivo del periodo que considero hábil para que se produzcan nuestras clases particulares es éste:
Nuestro calendario de clases particulares para este curso

Punto 3º.- Coste de desplazamiento en clases a domicilio

En todos los casos, durante el pasado curso, los alumnos que estáis recibiendo clases a domicilio ya estabais haciéndoos cargo del coste del transporte del profesor desde su casa hasta la vuestra.

Pero en alguno de los casos, por distintos motivos que no tengo inconveniente en tratar personalmente con cada uno, considero que el tiempo de desplazamiento del profesor hasta vuestro domicilio es bastante considerable y debe ser compensado de alguna forma, más aún cuando ocurre, como parece que va a ocurrir también durante este curso 2013-2014, que el horario de las clases particulares va a entrar de nuevo en competencia con el tiempo de descanso, de ocio, y de formación (mi propio estudio con la guitarra) que merece cualquier trabajador.

Es por ello que llego a una primera conclusión lógica sobre la forma de compensar ese tiempo de desplazamiento que invierto en llegar a vuestros domicilios: tendremos que aumentar o bien el precio de las clases o bien el importe destinado a los costes del desplazamiento, para que incluyan no sólo el precio del transporte hasta vuestro domicilio, sino también una cantidad por el tiempo que se invierte en el desplazamiento y que no puede invertirse en otra cosa: en descansar o en situar otras clases inmediatamente antes o inmediatamente después de la vuestra y así liberar de clases particulares otra parte de mi tiempo semanal libre que estoy “usurpando”.

Punto 4º y último.- Excepciones.

Obviamente, estoy dispuesto a trabajar fuera de este acuerdo, por ejemplo dando alguna clase excepcional en un periodo de vacaciones especialmente largo, pero en este tipo de excepciones al acuerdo, no garantizo que el horario y el coste de las clases pueda ser el mismo. Ahí entraríamo en otra negociación.

Bueno...

Eso parece todo. Si me he dejado algo, será problema mío durante todo el periodo que va del 9 de septiembre de 2013 al 20 de junio de 2014.

Espero que toda esta tinta nos sirva como marco de referencia para toda la logística que hay en torno al más amable y agradable proceso de aprendizaje que llevamos a cabo entre todos.

Muchas gracias a todos por vuestra paciencia y vuestra flexibilidad, cosas que la vida, forzando mis propias paciencia y flexibilidad, me enseña a apreciar especialmente.

Un abrazo

No hay comentarios:

Publicar un comentario